Resumen ponencia inaugural Seminario “El Derecho Internacional, la Constitución y el Derecho Interno”.

Resumen ponencia inaugural Seminario “El Derecho Internacional, la Constitución y el Derecho Interno”.

PhD. Francisco Javier García Roca (España).

El expositor abordó el fenómeno producido en los últimos años sobre internacionalización del Derecho Constitucional y de constitucionalización del Derecho Internacional, a través del diálogo entre las distintas jurisdicciones regionales y nacionales. Si bien su ponencia se centró en lo que denominó “transformación constitucional del Convenio Europeo de Derechos Humanos”, señaló que dicho fenómeno es asimismo aplicable a la experiencia latinoamericana.

Expuso que los tratados internacionales sobre derechos fundamentales son instrumentos que se aproximan a una Constitución, cuando hay derechos y una jurisdicción a instancias de un sujeto particular (véase la consagración de la interpretación conforme en las Constituciones española, portuguesa o italiana).

De ahí que surja un diálogo entre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y los tribunales constitucionales europeos con miras a la construcción de un orden público constitucional. En este contexto, el autor destaca tres puntos:

  1. La existencia de una interacción entre la jurisprudencia europea a través a una análoga interpretación constitucional, de lo que deviene la conformación de un derecho común.
  2. Que dicho derecho común da paso a lo que denominó “eficacia de cosa interpretada”, que permite brindar certeza y seguridad jurídica respecto del contenido de la interpretación constitucional al crear estándares comunes de interpretación.
  3. Lo anterior debe encontrar un correlato con la necesaria deferencia del tribunal internacional respecto de la jurisdicción nacional, lo que en Europa se conoce como margen de apreciación nacional.Ahora bien, esto no implica una suerte de escudo de indemnidad para el Estado particular, sino que refuerza su responsabilidad primaria en caso de lesión a un derecho fundamental, teniendo, el tribunal internacional, un carácter subsidiario.

A continuación, el expositor indicó que la transformación en comento se puede observar en la forma en que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha incorporado criterios de interpretación constitucional en su labor, a saber, el principio de proporcionalidad, la interpretación evolutiva, el antiformalismo, la protección real y efectiva de derechos fundamentales, entre otros.

En último término, la ponencia abordó la cuestión del diálogo entre jurisdicciones. ¿Qué es diálogo? Una interpretación entre declaraciones sin contradicción o también una armonización de decisiones para contribuir a la garantía de los derechos fundamentales. El fundamento del diálogo radica en el pluralismo de Constituciones e instrumentos, en donde no existe predominio de una por sobre la otra. La existencia de diálogo supone un trabajo en red, a través del cual la interpretación de los derechos fundamentales debe considerar tanto la jurisprudencia regional e internacional como la nacional. De ahí que el derecho comparado sea el principal criterio de interpretación del Derecho Constitucional, de acuerdo con el expositor.

Para finalizar, señaló que el diálogo sirve para crear un lenguaje común respecto a los derechos fundamentales y, a su vez, crear una identidad propia regional, en nuestro caso, una identidad latinoamericana, lo que permite contribuir a la protección de los derechos.